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ArancelMéxico

Regímenes aduaneros: cuándo el destino cambia el impuesto

La misma mercancía puede pagar impuestos distintos según el régimen con el que entra al país. No es una laguna: es un tratamiento condicionado al destino de la mercancía, y tiene requisitos estrictos.

LIGIE y TIGIE Ley Aduanera y LIVA Sin registro

La diferencia de fondo: definitiva o temporal

En una importación definitiva la mercancía se queda en México y se pagan todos los impuestos de importación: IGI, DTA e IVA, en el orden que ya conoces. Es el supuesto que calcula esta página en todos sus demás módulos.

En una importación temporal la mercancía entra con la obligación de salir del país en un plazo determinado. Según el programa, se puede diferir o eximir el pago de IGI y de IVA, pero a cambio se asume un compromiso de retorno y una serie de obligaciones documentales. Si la mercancía no sale en plazo, el tratamiento se revierte y las contribuciones se reclaman con actualización y recargos.

Punto clave: el beneficio de un régimen temporal no es un ahorro, es un diferimiento condicionado. La mercancía sigue debiendo impuestos mientras no se demuestre el retorno o el cambio de régimen.

Los programas que más se usan

Programas de fomento y su lógica
ProgramaPara qué sirveCondición central
IMMEXImportar temporalmente insumos y maquinaria para producir bienes de exportaciónQue el producto resultante se exporte
PROSECImportar insumos con arancel preferencial para industrias específicasQue el insumo corresponda al sector autorizado
Regla OctavaImportar maquinaria y equipo no producido en México con arancel reducido o ceroAutorización previa y acreditación de que no se produce localmente
Depósito fiscalAlmacenar mercancía extranjera sin pagar impuestos hasta su extracciónQue permanezca en almacén autorizado
Recinto fiscalizado estratégicoIntroducir mercancía para procesos de transformación o serviciosCumplir el esquema autorizado y sus controles

Por qué esto no se resuelve con una calculadora

Los regímenes de fomento no son una tasa distinta que puedas capturar en un campo: son autorizaciones con requisitos, obligaciones de reporte y controles propios. Un importador no «elige» IMMEX al momento de despachar; tramita la autorización antes, y luego opera bajo ella. Por eso las calculadoras de este sitio trabajan con el supuesto de importación definitiva, que es el que aplica a la mayoría de las operaciones y el único que se puede estimar con los datos de una factura.

Si estás evaluando entrar a un programa, el orden correcto es: primero definir el destino real de la mercancía, después revisar si el programa encaja, y solo entonces hacer números. Al revés —calcular con la tasa preferencial y luego buscar cómo justificarla— es el camino a una determinación de contribuciones.

El tránsito y el cambio de régimen

Dos situaciones que aparecen seguido en la práctica y que conviene distinguir:

  • Tránsito interno: la mercancía se mueve de una aduana a otra bajo control, sin que se cause el despacho definitivo. No es un régimen de importación en sentido estricto, sino un traslado documentado.
  • Cambio de régimen: una mercancía que entró temporalmente se regulariza a definitiva, y en ese momento se pagan las contribuciones que se habían diferido, calculadas con las tasas vigentes al momento del cambio.

Este segundo caso es el que suele sorprender: si el arancel subió entre la importación temporal y la regularización, el cálculo se hace con la tasa nueva. Con la reforma de 2026 ese escenario dejó de ser teórico para muchos importadores.

Cómo se conecta con el cálculo diario

Para una operación definitiva sin programa de fomento —el caso más común— la liquidación se resuelve con el valor en aduana y la tasa de la fracción. Eso es lo que calculan las herramientas de este sitio: la liquidación completa, el IGI, el DTA y el IVA de importación.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre importación temporal y definitiva?

En la definitiva la mercancía se queda en el país y se pagan todos los impuestos. En la temporal existe la obligación de retornarla en un plazo y, bajo programas autorizados, se difiere o exime el pago. Si no se cumple el retorno, las contribuciones se reclaman con actualización y recargos.

¿IMMEX exime de pagar impuestos?

No exactamente: permite importar temporalmente insumos y maquinaria para producir bienes de exportación sin pagar las contribuciones al momento de la importación. El beneficio está condicionado al retorno o a la exportación del producto terminado, y requiere autorización y controles.

¿Puedo usar PROSEC en cualquier importación?

Solo si el insumo que importas corresponde a los sectores y fracciones amparados por el decreto, y si cuentas con la autorización correspondiente. No es una opción que se elija al despachar.

¿Las calculadoras de este sitio sirven para importación temporal?

Están construidas para importación definitiva, que es el supuesto en el que se pagan IGI, DTA e IVA. Para un régimen temporal el cálculo es distinto porque el tratamiento fiscal depende de la autorización y del destino de la mercancía, no solo de la factura.

Última actualización: 27 de octubre de 2026. ¿Encuentras un error? Escríbenos y lo corregimos.